Argentina
La ley, elaborada por el Gobierno Provincial, fue aprobada por la Legislatura de Córdoba en setiembre de 2008, prohíbe la actividad minera metalífera cuando se realice bajo la modalidad "a cielo abierto".
Jueves 13 de Agosto de 2015.- El Tribunal Superior de Justicia de la provincia argentina de Córdoba ratificó la plena constitucionalidad de la ley que prohíbe la actividad minera metalífera cuando se realice bajo la modalidad "a cielo abierto" o cuando para ello se utilicen sustancias como el cianuro, el mercurio y otras calificadas como peligrosas.
La ley, elaborada por el Gobierno Provincial, fue aprobada por la Legislatura de Córdoba en setiembre de 2008.
Los argumentos que utilizó el tribunal cordobés señalan que las restricciones establecidas son razonables si se tiene en cuenta que "el ambiente constituye un bien colectivo supremo", que debe ser preservado, consigna La Voz.
De este modo, el tribunal rechazó la acción declarativa de inconstitucionalidad que habían planteado los representantes de la Cámara Empresaria Minera de la Provincia de Córdoba (Cemincor) y de la Asociación de Profesionales de la Comisión Nacional de Energía Atómica y la Actividad Nuclear (APCNEAN).
La resolución fue celebrada por organizaciones ambientalistas no gubernamental, como Traslasierra Despierta. Roberto Baillie, miembro de esa agrupación, aseguró entonces que habían trabajado con técnicos y abogados para que la iniciativa se encuadrara en el andamiaje jurídico minero, destaca la publicación.
Por el contrario, el sector industrial a través del abogado Rafael Vaggione, argumentó que no se puede legislar por encima del Código de Minería (norma nacional) y porque pone en riesgo las fuentes de trabajo de obreros y profesionales, derecho contemplado en la Constitución Nacional.