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Chile

En tanto, la firma eslovaca SES, socia del consorcio, también estaría analizando acciones legales similares.

22 de Octubre 2012.- La Corte de Milán dictó el viernes una medida cautelar, tras una solicitud que ingresó el jueves el contratista que lideraba la construcción de Bocamina 2, Maire Tecnimont. Con la medida, la corte ordenó, la suspensión provisional del pago de las boletas de garantías por unos 58,1 millones de euros (US$ 75 millones). Respecto de las otras garantías por 14,7 millones de euros (US$ 19 millones), la italiana dijo que lleva adelante acciones legales para “proteger a la compañía”.

Además señaló que, respecto de su conocimiento, otro socio del consorcio, la eslovaca SES, estaba llevando adelante acciones similares para frenar los cobros de sus garantías.

Estas fueron cobradas el martes por Endesa, mandante de Bocamina 2, a causa de una serie de retrasos en la construcción de la central. Al día siguiente, la mayor generadora del país, presentó una demanda arbitral ante la Cámara Internacional de Arbitraje de París contra Tecnimont.

En respuesta, el jueves la firma señaló que “niega cualquier responsabilidad del consorcio y considera absolutamente ilegítimos, e incluso fraudulentos, los procedimientos iniciados por Endesa Chile (grupo Enel)”, refiriéndose a los cobros de las boletas y la demanda en París.

La italiana respondió que “los retrasos en la terminación de las obras no se pueden atribuir de ninguna manera al consorcio y porque el trabajo se ha completado, a pesar de las graves situaciones de fuerza mayor que se han producido en el tiempo”.

Las partes trataron de negociar una adecuación de los contratos, alcanzando un acuerdo a mediados de este año, dijo Tecnimont.

Además, dijo que terminaron la central y a partir del 12 de octubre de 2012, el consorcio anunció que se cumplían los requisitos para la aceptación provisional de la planta, un hecho lo que llevaba a la devolución de las garantías bancarias, así como una reducción del 50% del valor original de éstas y el pago completo del saldo de precio.

DF
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