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Costa Rica

Laguna de colas colapsada en Abangares. Carlos Salazar

Jueves 31 de Enero de 2013.- La Sala Constitucional de Costa Rica se trajo abajo las aspiraciones de empresas mineras, al desestimar una acción de inconstitucionalidad contra el Código de Minería, que prohíbe la minería metálica a cielo abierto.

De manera unánime y mediante voto número 2013-1594 de las 16:01 hrs. del 30 de enero de 2013, la Sala Constitucional desestimó la acción de inconstitucionalidad número 12-006179-0007-CO, en la que la Asociación Costarricense de la Industria Minera alegó la inconstitucionalidad de los artículos 8 bis y 65 inciso f) del Código de Minería y el Transitorio V de la Ley número 8904 del 1º de diciembre de 2010.

De acuerdo con un comunicado de la Sala IV, el accionante consideró inconstitucional la prohibición de la minería metálica a cielo abierto, y la consecuente imposibilidad de prorrogar o renovar los permisos o concesiones otorgadas con anterioridad a entrada en vigencia de la prohibición.

Al respecto, los Magistrados Rueda y Salazar estimaron que el recurrente carecía de legitimación, por lo que rechazaron de plano la acción.

De otro lado, los Magistrados Armijo, Cruz, Castillo, Rodríguez y Hernández concluyeron que la acción se debía declarar sin lugar, puesto que no se demostró la violación a ningún derecho constitucional.

Entre otros aspectos, se pone énfasis en la libre configuración del legislador, que le permite aprobar tal tipo de restricción, así como en el hecho de que la referida prohibición no se aplica solo a empresas canadienses, sino también a cualquier otra con independencia del país de origen.

Además, tal prohibición responde a una preocupación objetiva y justificada de proteger al ambiente.

Elpais.cr

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