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Chile

Jueves 30 de Mayo de 2013.- El Congreso aprobó la incorporación de Chile al tratado sin detenerse en su aplicabilidad.
OPINIÓN 
Uno de los principales problemas asociados al cumplimiento del Convenio 169, dice relación con la obligación de consultar a las comunidades afectadas por el desarrollo de un determinado proyecto. El Congreso chileno, por amplia mayoría, aprobó la incorporación de nuestro país a este tratado internacional, sin contemplar ni deternerse en los aspectos básicos de implementación.

Como ha quedado demostrado en el tiempo, la indefinición en conceptos clave, como los de comunidades afectadas o participación ciudadana, ha redundado en la extensión de los procesos de aprobación de proyectos, ya sean públicos o privados.

El gobierno, consciente de este inconveniente, trabaja ahora en una mesa de diálogo con representantes de comunidades indígenas para concordar una forma de aplicar la consulta incorporada en el Convenio 169. Pero en la propia génesis del problema está implícita la dificultad de alcanzar un acuerdo en dicho ámbito.

Las conversaciones han debido extenderse, sin que asome aún una solución. Mientras tanto, proyectos en trámite, como el de concesiones eléctricas, se enfrentan también al desafío de incorporar, de alguna forma, este requerimiento de consulta en un proceso que, precisamente, se busca acelerar y ofrecer mayores garantías para los inversionistas. ¿Será factible de implementar?

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