Perú
Viernes 18 de Octubre de 2013.- Con el argumento de optimizar y facilitar a las empresas infractoras el cumplimiento del pago de las multas ambientales, Perú aprobó el reglamento de fraccionamiento y/o aplazamiento de la cancelación de las mismas, que llega al plazo máximo de 5 años.
Este beneficio se dará a las empresas sancionadas que no hayan presentado alguna impugnación administrativa, o a aquellas que desistan en caso de haber procedido en ese sentido.
Así, sin perjuicio del pago inicial, el saldo de las multas impuestas por el Organismo de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) podrá ser fraccionada y/o aplazada con lapsos en función al monto de las multas.
Para las empresas con multas mayores a 20 mil Unidad Impositiva Tributaria (74 millones de soles o unos US$ 27 millones) se contempla hasta 60 meses en caso de fraccionamiento, y hasta siete meses si es un aplazamiento.
Para las multas mayores a 10 mil UIT (37 millones de soles o unos US$ 13 millones) y menores o iguales a 20 mil UIT, se darán 48 meses por fraccionamiento, mientras que en aplazamiento es de seis meses. Para aquellas con un cargo de 5 mil UIT (18,5 millones o unos US$ 7 millones) y menores o iguales a 10 mil UIT, se da hasta 36 meses en fraccionamiento, y hasta cinco meses si se aplaza.
DF / Ripe