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Chile

16 de Septiembre de 2010.- La Corte de Apelaciones de Copiapó emitió ayer un fallo que podría complicar la resolución en torno al trámite ambiental del proyecto termoeléctrico Castilla.

Esto, porque acogió el recurso de protección que presentaron los detractores de la iniciativa, encabezados por el arquitecto Gonzalo Domínguez. De esta forma, el tribunal atacameño declaró ilegal la actuación del ex secretario regional ministerial (seremi) de Salud, Raúl Martínez.

En julio pasado, el personero cambió la clasificación de la iniciativa eléctrica de "contaminante" a "molesta", revirtiendo así el criterio manifestado por su antecesora en el cargo, Pilar Merino.

A juicio del tribunal, el ex seremi de Salud actuó más allá de sus atribuciones y sin acogerse a los procedimientos legales establecidos para este tipo de procedimientos, pues habría accedido a la solicitud de revisión de la empresa ­para lo cual debió acudir a tribunales­, y además realizó el cambio cuando el proceso de evaluación ambiental estaba suspendido por orden de la Comisión Nacional del Medio Ambiente (Corema). Todo esto resulta ilegal.

Ayer, los abogados del Consejo de Defensa del Estado, quienes defendieron al Seremi de Salud, y Andrés Jana, del estudio Bofill Mir & Álvarez Jana Abogados, quien alegó por parte de CGX (ex MPX Energía), titular del proyecto de Batista, analizaban la resolución antes de decidir si acudirán a la Suprema para tratar de revertirla.

El fallo de la Corte de Apelaciones ordenó dejar sin efecto la resolución del cambio de calificación de Castilla. Esto implicaría que a dos días del plazo legal para la evaluación de esta inversión, la Corema debe redactar un nuevo informe consolidado, que recogerá tanto la calificación anterior del proyecto ("contaminante") como la declaración por parte de la Seremi sobre la incompatibilidad de esta condición con el uso de suelo aprobado para Punta Cachos, donde se proyecta instalar la central a carbón y diésel.

Lo anterior, supeditado a que se resuelva una eventual intervención de la Suprema (Emol).

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